MINVU Atacama

En 1976 se dicta el DL Nº 1.305, que reestructura y regionaliza el MINVU, desconcentrándose territorialmente a través de una Secretaría Ministerial Metropolitana y Secretarías Regionales Ministeriales. Se crean las Secretarías Regionales Ministeriales (SEREMI) y los Departamentos de Desarrollo Urbano en todas las regiones del país.

Se fusionan las cuatro Corporaciones: Corporación de Servicios Habitacionales (CORHABIT), de Mejoramiento Urbano (CORMU), de la Vivienda (CORVI) y de Obras Urbanas (COU), estableciéndose un Servicio Regional de Vivienda y Urbanización en cada una de las regiones y uno en el Área Metropolitana, denominándose SERVIU y agregando la mención de la región a que corresponde. Los SERVIU Regionales son instituciones autónomas del Estado, relacionadas con el Gobierno a través del MINVU, con personalidad jurídica, con patrimonio distinto del Fisco, de duración indefinida, de derecho público y ejecutores de las políticas, planes y programas que ordene directamente el Ministerio o a través de sus Secretarías Ministeriales.

Las SEREMI tienen como misión concretar la política nacional de vivienda y urbanismo en su área territorial, para lo cual realizan actividades de planificación, programación, evaluación, control y promoción de dicha política. Además, deben velar por el estricto cumplimiento por parte de los SERVIU, en sus respectivas jurisdicciones, de todos los planes, normas e instrucciones impartidas por el MINVU y, especialmente, que sus inversiones se ajusten estrictamente a los presupuestos aprobados para cada uno de ellos.

Se promulga el DS Nº 458 Ley General de Urbanismo y Construcciones. En 1976 se dicta el DL Nº 1.305, que reestructura y regionaliza el MINVU, desconcentrándose territorialmente a través de una Secretaría Ministerial Metropolitana y Secretarías Regionales Ministeriales. Se crean las Secretarías Regionales Ministeriales (SEREMI) y los Departamentos de Desarrollo Urbano en todas las regiones del país.

Puede revisar los siguientes documentos:

Rocío Díaz Gómez, funcionaria de este servicio público desde el año 2004 y ex Jefa del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura, será la encargada de conducir la política habitacional y urbana en Atacama.

Desde este lunes 4 de abril, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, MINVU, cuenta con su representante oficial en Atacama. Su nombre es Rocío Díaz Gómez, quien en la región ya es una figura conocida gracias a su trabajo de funcionaria pública en el mismo servicio desde el año 2004 a la fecha, y que hoy la recibe como autoridad.

De profesión arquitecta, titulada de la Universidad Católica del Norte, con estudios posteriores que le otorgaron un Magister en Gestión Estratégica Pública y Desarrollo Local; además de estudios en ordenamiento territorial, gestión del riesgo de desastres, planificación y regeneración urbana-habitacional, urbanismo y sostenibilidad.

La nueva titular del Minvu en Atacama cuenta con experiencia en edificación pública, obras urbanas y planificación territorial, siendo también impulsora de uno de los espacios públicos más grandes de Atacama, como es el Parque Kaukari Minvu.

Hoy, junto a los equipos de trabajo de la Seremi Minvu y de Serviu Atacama, tendrá la responsabilidad de conducir la política habitacional y urbana de la región, donde uno de los acentos principales estará puesto en la participación ciudadana y en fomentar el trabajo colaborativo entre instituciones públicas, privadas y la comunidad organizada.

Rocío Díaz Gómez, agradece la oportunidad al Gobierno del Presidente de la República, Gabriel Boric Font, al ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes y la Subsecretaria, Tatiana Rojas; para seguir aportando desde su experiencia al crecimiento y mejoras de barrios y ciudades, indicando que “tenemos una responsabilidad muy grande como autoridades y también como comunidad; hoy el llamado es a construir juntos un Chile que está cambiando, un Chile más diverso e inclusivo, que recoja las necesidades de este país. En materia habitacional y urbana ese es el acento que esperamos marcar; donde todos y todas seamos un aporte para generar mejores conjuntos habitacionales y mejores espacios públicos que nos permitan compartir de manera responsable, integral y equitativa”.

La SEREMI Atacama tiene como misión concretar la política nacional de vivienda y urbanismo en su área territorial, para lo cual realiza actividades de planificación, programación, evaluación, control y promoción de dicha política.

Además, debe velar por el estricto cumplimiento por parte de los SERVIU, en sus respectivas jurisdicciones, de todos los planes, normas e instrucciones impartidas por el MINVU y especialmente, que sus inversiones se ajusten estrictamente a los presupuestos aprobados para cada uno de ellos.

Departamento de Desarrollo Urbano (DDU)

El Departamento de Desarrollo Urbano, tiene entre sus funciones lo indicado de acuerdo al D.S. N° 397 del año 1976, en la cual establece entre otros, la elaboración de Instrumentos de planificación y supervigilar el cumplimiento de la LGUC y su Ordenanza, resolver las reclamaciones en contra del Director de Obras, así como de pronunciamientos especiales, facultad contenida en el Art. 4° de la Ley General de Urbanismo y Construcción. No obstante de lo descrito anteriormente la actual administración ha solicitado al Departamento la evaluación y elaboración de Proyectos Urbanos para cada una de las comunas.

Departamento de Planes y Programas de Vivienda y Equipamiento

La Unidad de Planes y Programas de Vivienda y Equipamiento estará encargada preferentemente de colaborar con el Secretario Regional Ministerial en el ejercicio de las siguientes funciones:

a) Evaluar la necesidad habitacional de la región a través de indicadores que permitan al Secretario Ministerial un balance permanente de los requerimientos reales, actuales y futuros, de vivienda y equipamiento;

b) Preparar los antecedentes y estudios que permitan a la Secretaría Ministerial, con participación de las autoridades y organismos regionales, la planificación y programación para la ejecución de obras, de conformidad a los recursos asignados
a la región;

c) Velar por el cumplimiento del reglamento en lo relativo a postulaciones y asignaciones de viviendas que deba realizar el SERVIU;

d) Informar al Secretario Ministerial sobre las reservas y distribución de vivienda que proponga el SERVIU para entidades públicas o privadas;

e) Estudiar y proponer los programas financieros y sus prioridades para realizar los planes regionales en materia de vivienda, equipamiento comunitario y urbanismo;

f) Participar en la confección del anteproyecto del Presupuesto Regional;

g) Analizar e informar al Secretario Ministerial el anteproyecto de Presupuesto Corriente y de Capital del SERVIU y la distribución o redistribución de sus partidas;

h) Conocer e informar sobre los ingresos que perciban la Secretaría y el SERVIU;

i) Supervigilar la correcta ejecución presupuestaria del Sector en la región, conforme a los planes de inversión aprobados, informando al Secretario Ministerial;

j) Analizar e informar el Balance anual del SERVIU en la región;

k) Proponer al Secretario Ministerial, para su información oportuna al Intendente, el plan anual de trabajo del Sector;

l) Conocer los informes sobre el déficit habitacional que preparen los Comités Habitacionales Comunales, informando al Secretario Ministerial, para los efectos de otorgar aprobación a los planes de trabajo que presenten. (9) Conocer e informar en conjunto con la Unidad de Desarrollo Urbano e Infraestructura, para la aprobación por el Secretario Ministerial, los acuerdos de los Consejos de dichos Comités, en lo relativo especialmente a expropiaciones, implementación de planes y programas, contratación de obras y de créditos, destino de fondos o bienes a otros Comités, calificación de poblaciones en situación de emergencia, llamado a propuestas públicas o privadas, u otorgamiento de mandato para la ejecución de obras;

m) Analizar la distribución de fondos recaudados conforme al artículo 14º, Nº 2, del decreto ley 1.088, entre los Comités Habitacionales Comunales de la región, y cumplir las funciones que entrega a los Secretarios Ministeriales de Vivienda y
Urbanismo, el decreto ley 1.519, de 1976, sobre Impuesto Habitacional (10)(11);

n) Supervigilar el cumplimiento de los programas de viviendas sociales en cuanto a plazos, avance de obras e inversión;

o) Inscribir, calificar, autorizar, certificar y realizar todas las actuaciones, trámites y gestiones que permitan al Secretario Ministerial un acertado manejo del Registro de Contratistas (12)(12a), y

p) En general, efectuar todos los estudios y acopio de antecedentes que permitan al Secretario Ministerial participar en la elaboración de los Planes y Programas del Sector, velar por su cumplimiento y evaluar sus resultados, proponiendo las medidas e instrucciones que sean necesarias para su materialización.

Cuenta Pública Participativa Región de Atacama, Gestión 2022.

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Cuenta Pública Participativa Región de Atacama, Gestión 2021.

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Cuenta Pública Participativa Región de Atacama, Gestión 2018.


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